ARTICULO 64. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA.

ARTICULO 64. TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN JUSTA CAUSA. 
En todo contrato de trabajo va envuelta la condición resolutoria por incumplimiento de lo pactado, con indemnización de perjuicios a cargo de la parte responsable. Esta indemnización comprende el lucro cesante y el daño emergente.
En caso de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa comprobada, por parte del empleador o si éste da lugar a la terminación unilateral por parte del trabajador por alguna de las justas causas contempladas en la ley, el primero deberá al segundo una indemnización en los términos que a continuación se señalan:
En los CONTRATOS A TÉRMINO FIJO, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
En los CONTRATOS A TÉRMINO INDEFINIDO la indemnización se pagará así:
a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
1.    Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2.    Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción;
b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10), salarios mínimos legales mensuales.
1.    Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
2.    Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en los literales b), c) y d) del artículo 6o. de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplica únicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero de enero de 1991.

Ejercicio A.
CUPERTINO GARAY Contrata a JENNY YURLEY el 2 de Febrero de 2009 con un contrato de Prestación de servicios hasta el 13 de junio de 2009 y la despide sin Justa Causa el 13 de Mayo de 2009; el salario es de  $758.400 mensual, cuanto es el valor de la indemnización por el despido?

Desarrollo
El Contrato por ser a término fijo y según la Ley le corresponde como indemnización el tiempo señalado para el cumplimiento del contrato.

En este caso seria del 13 de Mayo de 2009 al 13 de junio de 2009  30 Días
Valor del día
Para esto dividimos el Salario mensual por los 30 días del mes:
$758.400
= $ 25.280
30

Valor de la Indemnización:
$ 25.280 * 30 = $758.400
Total a Indemnizar en este caso $ 758.400

Ejercicio B.
CUPERTINO GARAY Contrata a JENNY YURLEY el 2 de Febrero de 2009 con un contrato a Termino Indefinido y la despide sin Justa Causa el 13 de Mayo de 2011; el ultimo salario devengado fue de $1.758.400 mensual, cuanto es el valor de la indemnización por el despido?

Desarrollo
Tiempo de trabajo
02 de Febrero de 2009 al 01 de Febrero de 2010        Un Año          30 Días
02 de Febrero de 2010 al 01 de Febrero de 2011        Un Año          20 Días
02 de Febrero de 2011 al 13 de Mayo de 2010                        Proporcional

       02 de Febrero de 2011 al 01 de Marzo de 2011          30 Días
            02 de Marzo de 2011 al 01 de Abril de 2011          30 Días
              02 de Abril de 2011 al 01 de Mayo de 2011          30 Días
            02 de Mayo de 2011 al 13 de Mayo de 2011          11 Días
                                                                                 Total        101 Dias

Para obtener el valor de los días del ultimo año se realiza una sencilla regla de tres si por un año (360 Días) tengo derecho a 20 Días, por el tiempo laborado a Cuantos días me corresponden:
101 * 20
= 5, 611
360




Ahí sumasmos los días que corresponden por la indemnización y se realiza el calculo del valor teniendo en cuenta el ultimo salario devengado:
                                             Al 01 de Febrero de 2010       30,0 Días
                                             Al 01 de Febrero de 2011       20,0 Días
                                                 Al 13 de Mayo de 2010         5,6 Días
                                                 Días a indemnizar  55.6 Días
Valor del día
Para esto dividimos el Salario mensual por los 30 días del mes:
$ 1.758.400
= 58.613
30

Valor de la indemnización:
$ 58.613 * 55.6 = 3.258.901

Total a Indemnizar en este caso $3.258.901