HORAS EXTRAS, DIURNAS, NOCTURNAS Y DOMINICALES o FESTIVAS

ARTICULO 168. TASAS Y LIQUIDACIÓN DE RECARGOS. Modificado por el artículo 24 de la Ley 50 de 1990.
1.         El trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno, con excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el artículo 20 <161> literal c) de esta ley.
2.         El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
3.         El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.
4.         Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro.

Para lograr una mayor claridad en este manejo de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, desarrollaremos los siguientes ejercicios.
Es preciso recordar que existen los siguientes recargos:
Hora extra diurna                       25%
Hora extra nocturna                   75%
Recargo nocturno                      35%
Trabajo dominical o festivo       75%

Igualmente, es preciso tener en cuenta presente que para efectos laborales y gracias a la LEY 789 que en su Artículo 26 indica “El día termina a las 10 de la noche”, es decir, que solo y ÚNICAMENTE a partir de las 10 pm o de las 22 horas, estaremos frente a un trabajo nocturno.

JENNY YURLEY devenga un sueldo $960.000 mensual, Cuanto devenga por cada hora laborada?

Para esto dividimos el Salario mensual por las horas laboradas al mes que serian las 8 horas de la jornada laboral por los 30 días del mes; Así las cosas seria dividir por 240



VALOR DE LA HORA LABORAL = SALARIO MENSUAL / 240

En el caso del ejemplo

VALOR DE LA HORA LABORAL  =  $960.000 / 240
VALOR DE LA HORA LABORAL  =  $4.000



Ejercicio A.
CUPERTINO GARAY Contrata a JENNY YURLEY y le asigna un horario de trabajo desde las 8 am hasta las 12 m. y de las 2 pm hasta las 8 pm; el salario es de $960.000 mensual, cuanto devenga al DIA?
Desarrollo
Hasta las 6 de la tarde, JENNY YURLEY habrá trabajado 8 horas, es decir, que ha cumplido con su jornada. Después de las 6 de la tarde, son horas extras, de modo que hasta las 8 de la noche habrá trabajado 2 horas extras DIURNAS, de modo que JENNY YURLEY habrá laborado 8 horas ordinarias y 2 horas extra diurnas para un total de 10 horas.

Las horas ordinarias no tienen ningún recargo y las extra diurnas tienen un recargo del 25%, luego, la liquidación será:
8 x $4.000               =  $32.000
2 x ($4.000×1.25) =  $10.000
Total liquidado       =  $42.000


Ejercicio B.
CUPERTINO GARAY le asigna a JENNY YURLEY el horario de trabajo desde las 2 de la tarde hasta las 12 de la noche. Con el mismo salario mensual, cuanto devenga al DIA?

Desarrollo
En este caso, iniciando a las 2 de la tarde, las 8 horas de la jornada laboral ordinaria se completa a las 10 de la noche, que coincide con la jornada DIURNA. Después de las 10 de la noche hasta las 12 de la noche, estaremos frente horas extras nocturnas, toda vez que se ha superado la jornada diaria de ocho horas y además es horario nocturno.  Así JENNY YURLEY habrá laborado 8 horas ordinarias y 2 horas extra nocturnas para un total de 10 horas.

Las horas ordinarias no tiene recargo, y la hora extra nocturna tiene un recargo del 75%, luego la liquidación será:
8 x $4.000                 =  $32.000
2 x ($4.000 x 1.75)   =  $14.000
Total liquidado         =  $46.000

Ejercicio C.
CUPERTINO GARAY le asigna a JENNY YURLEY el horario de trabajo desde el sábado a las 8 de la noche hasta las 6 de la mañana del domingo. Con el mismo salario mensual, cuanto devengo durante esa Jornada Laboral?

Desarrollo
Desde las 8 de la noche hasta las 10 de la noche, tendremos 2 horas Diurnas. De las 10 de la noche a las 12 de la noche, tendremos 2 horas Nocturnas. Desde las 12 de la noche hasta las 4 de la mañana del domingo, tendremos 4 horas Nocturnas Dominicales. Hasta aquí ya hemos completado las 8 horas de la jornada laboral.
Luego de las 4 de la mañana hasta las 6 de la mañana del domingo, tendremos 2 horas extra nocturnas dominicales.
En resumen tenemos:
2 horas Diurnas [Recargo 0%]
2 horas Nocturnas [Recargo 35%]
4 horas Nocturnas Dominicales [Recargo 110% (35% del recargo nocturno Y  75% de recargo dominical)]
2 horas extra nocturnas dominicales [Recargo del 150% que corresponde al 75% de la hora extra nocturna más el 75% de recargo dominical.
La liquidación será:
2 x $4.000                 =  $8.000
2 x ($4.000 x 1.35)   =  $10.400
4 x ($4.000 x 2.10)   =  $33.600
2 x ($4.000 x 2.50)   =  $20.000
Total liquidado         =  $72.400